Privado del derecho de aportar pruebas
¿Cómo puede uno quedar "privado del derecho de aportar pruebas"?
Este es el texto invocado por el juez:
Artículo 55: Cuando el acusado desee acreditarse de la veracidad de los hechos difamatorios, conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la presente ley, deberá, dentro del plazo de 10 días tras la notificación de la citación, según se le haya citado a instancia de una o de la otra parte:
- Los hechos alegados y calificados en la citación, de los cuales pretende acreditar la veracidad;
- La copia de las pruebas;
- Los nombres, profesiones y domicilios de los testigos mediante los cuales pretende acreditarlos.
Esta notificación incluirá la elección de domicilio ante el tribunal correccional, bajo pena de quedar privado del derecho de aportar pruebas.
El mecanismo de la condena que sufrió se basa en el texto mencionado en la página 8 de la sentencia:

Este es el modo correcto de leer este texto.
Cuando se es acusado de difamación, existen dos formas de defenderse. Solo se puede elegir una de ellas.
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O bien se alega la excepción de verdad. En este caso, se está obligado a aportar pruebas de que los hechos alegados son verdaderos. Esto equivale a decir: "Oí al Sr. Antoine Giudicelli decir que se habían realizado pruebas nucleares subterráneas en Francia, y puedo aportar pruebas de que esto realmente ocurrió". Al elegir esta opción, todas las pruebas deben ser entregadas al tribunal dentro de los diez días siguientes a la notificación.
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O bien se alega la excepción de buena fe. En este caso, no se sitúa la defensa en el terreno de probar que los hechos alegados realmente ocurrieron, sino que se pueden aportar elementos que demuestren que esas alegaciones no son absurdas, y sobre todo, testimonios de apoyo. Esto equivale a decir: "No puedo probar que Francia haya realizado efectivamente pruebas nucleares subterráneas en su propio territorio, pero puedo aportar dos testimonios de personas que confirman que el Sr. Giudicelli me dijo exactamente eso".
Claramente, en ambos procesos, tanto en primera instancia como en apelación, nos situamos en el segundo marco. Las pruebas y los dos testimonios que confirmaban mis declaraciones palabra por palabra fueron así comunicados a la Corte en primera instancia. También fueron comunicados en apelación. Pero esta vez, la Corte consideró que mi defensa debería haberse basado en la excepción de verdad. Como las pruebas no habían sido entregadas conforme a las reglas (ver más arriba) dentro de los diez días siguientes a la notificación, la Corte consideró que mis dos testimonios, así como cualquier otra prueba presentada, estarían "excluidos del debate". Fui entonces "privado del derecho de aportar pruebas", como si no hubiera aportado nada para respaldar mi defensa, y condenado a pagar 5500 euros en daños y perjuicios al Sr. Giudicelli.
Observación simple: si la prensa y asociaciones ecológicas como Greenpeace y la Criirad (Centro de Investigación de Informaciones Independientes sobre la Radiactividad, creado tras Chernóbil) estuvieron presentes en primera instancia, nadie consideró conveniente desplazarse durante el juicio en apelación ni reaccionar tras la condena, a pesar de que corresponsales parisinos hicieron todos sus esfuerzos por llamar la atención. De Greenpeace solo obtuvimos "la propuesta de suscribirnos a un boletín".
Durante el juicio, en el marco de una defensa por excepción de buena fe, aporté argumentos sobre la plausibilidad de las declaraciones de Giudicelli basándome en un informe estadounidense del US Geological Survey que describe todas las técnicas relacionadas. Este documento muestra lo fácil que es ocultar pruebas nucleares clandestinas, ya que la señal de explosiones realizadas en cavidades de 20 a 25 metros de diámetro se confunde con la explotación rutinaria de una faena de minería (450 kilos de TNT, magnitud 3). Mi abogado presentó este informe ante la Corte. No se mencionó ni este documento clave ni el debate que generó en los considerandos. El informe estadounidense.
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